El Catálogo de esta provincia se inicia antes de que se emitiera la R. O. de febrero de 1902, cuando sigue vigente el nombramiento de Gómez-Moreno como catalogador de toda España por lo que en la propuesta emitida por la Academia el 10 de julio de 1901 no figura su nombre. En ella se dice que debería emprenderse sin pérdida de tiempo la catalogación de otra provincia y ellos aconsejan que sea Salamanca por su riqueza artística, la asignación de 800 pts. y un plazo de doce meses, lo mismo que en Ávila, así como el nombramiento de un "colaborador competente" para abreviar el tiempo de catalogación. El nombramiento, en el que ya figura el nombre de D. Manuel, se produce por R.O. del 1 de agosto de 1901, con una serie de condiciones que permanecerán inalterables hasta el último que se haga antes de 1936 y aceptando el plazo y la asignación presupuestaria aconsejada por la Academia. Ni una palabra sobre el nombramiento de un colaborador. Pero en este caso el autor tardará más de lo previsto, probablemente por problemas económicos, ya que la última orden de pago se emite el 13 de marzo de 1903. Finalmente la Comisión firma el informe el 15 de julio de 1903, un año después de lo convenido en el Real nombramiento. Lo firma Eduardo Saavedra y es muy breve: "…El esmero y el acierto con que el autor ha desempeñado el encargo le hacen acreedor al más sincero aplauso de esta Comisión y a que se procure que la nueva obra vea la luz pública lo antes posible" . El original no se encuentra actualmente junto al resto de la colección. Éste punto quedará aclarado por los documentos de la segunda etapa.
A partir de este momento se aplica el R.D. de 1902 aunque con numerosas interferencias en alguno de los encargos. El procedimiento era el siguiente. El nombramiento, tras el acuerdo y un informe de la Comisión, es aceptado por el Ministro y el nombramiento era firmado por el Rey siempre con las mismas condiciones: Debe constar 1) La provincia escogida; 2) El nombre del catalogador; 3) La cantidad mensual asignada para pagar los gastos que le ocasionen, que por lo general es de 800 pts, aunque hay casos en que sólo asciende a 500; 4) El pago le será abonado en dos plazos, el último, una vez que haya entregado el trabajo; 5) Las autoridades locales prestarán toda la ayuda que precise el catalogador, y se fija el plazo en que llevará a cabo su trabajo que oscila entre los ocho meses y el año, aunque lo más frecuente es que todos pidan prórroga o prórrogas.